lunes, 15 de junio de 2015

El Tractat de Lliure Comerç entre la Unió Europea i els Estats Units.

Benvolguts/es amics/es
 
En aquesta segona edició del "Parlem d'Europa" hem decidit explicar el Tractat de Lliure Comerç entre la Unió Europea i els Estats Units. Als últims dies ha sigut actualitat aquest tema ja que la setmana passada s'hauria d'haver aprovat un informe sobre el tractat al ple del Parlament però degut a la divisió i irresponsabilitat del grup socialista el President Schulz va decidir posposar la votació.

Crec que el TTIP es un dels temes més importants que tenim ara a sobre de la taula a Europa i que aquest tractat pot canviar la economia mundial i seria molt positiu per fomentar la creació de llocs de treball a Europa.

Us faré una pregunta. Veritat que a dia d'avui existeix comerç entre Europa i els Estats Units? doncs que pot tenir de dolent que eliminem les barreres a aquest comerç? Això es el que pretén el famós TTIP entre d'altres coses.
 
Desitjo que sigui del vostre interès.

 
Rep una forta abraçada,
 
Santi Fisas
santiago.fisasayxela@europarl.europa.eu
 

La verdad sobre el TTIP

Asociación transatlántica de comercio e inversión (ATCI o TTIP en sus siglas en inglés)
¿Que es el TTIP?
La Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI o TTIP en sus siglas en inglés) es el nombre del acuerdo comercial entre EU y EEUU que tiene por objetivo eliminar las barreras arancelarias y no arancelarias entre la Unión Europea y los EEUU en amplios sectores económicos para que sea más fácil comprar y vender productos y servicios entre las dos zonas así como aumentar las posibilidades de inversión de nuestras empresas en los EEUU.
El Parlamento Europeo mostró su fuerte compromiso con las negociaciones en sus últimas resoluciones del 23 de Octubre del 2012 y del 23 de Mayo del 2013 que fueron adoptadas por gran mayoría y en las que el PPE (Partido Popular Europeo) jugó un papel fundamental.
 
¿Que supondrá para la UE?
El análisis de impacto llevado a cabo por la Comisión antes del inicio de las negociaciones en marzo del 2013, sugería que el Acuerdo podría suponer un aumento global del PIB del 0,5% para la UE y del 0,4% para EEUU, es decir, 119 mil millones y 95 mil millones de euros respectivamente. Estos beneficios procederían, en un 80%, de la reducción de las barreras no arancelarias y de una mayor liberalización de los servicios y los mercados de contratación pública. Los aranceles entre la UE y EEUU son ya de por si bajos (un 4% de media) pero su supresión, dado el alto volumen de intercambios, haría que las ganancias fuesen significativas.
 
¿Cuáles son los objetivos del Acuerdo?
Los objetivos del Acuerdo son eliminar las barreras arancelarias y no arancelarias entre la Unión Europea y los EEUU permitiendo así la creación de la mayor zona de libre comercio del mundo.
 
¿Qué ventajas podría suponer el acuerdo para la UE?
  • Un posible acuerdo con los Estados Unidos podría contribuir a la reindustrialización de Europa y a hacer que el objetivo de que la industria genere el 15 % del PIB de la UE para 2020, aumente al 20 %.
  • Tiene el potencial para generar oportunidades, en especial para las PYMEs, que se ven más afectadas por las barreras no arancelarias que las empresas más grandes. No olvidemos que las PYME´s representan más del 90% de la industria europea y constituyen el motor del crecimiento de la UE, tanto en creación de empleo como en innovación.
  • Un acuerdo entre los dos grandes bloques económicos del mundo ofrece, además, la posibilidad de crear estándares, normas y reglas que se adoptarían a nivel mundial.
  • Se ampliará el comercio y la inversión a ambos lados del Atlántico, y se fomentará el empleo y la competitividad.
 
¿Quién se beneficiará del TTIP?
Las negociaciones del TTIP cubrirán muchas partes de la economía, incluyendo productos manufacturados, servicios y agricultura. Suprimiendo las barreras al comercio, un acuerdo equilibrado supondrá un espaldarazo al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la disminución de precios. Las exportaciones en todos los sectores de la economía se prevén que crecerán, aunque en unos sectores más que en otros. Además, como resultado de un aumento de la demanda de materias primas, componentes etc, las exportaciones de la EU a otros países también se prevé que aumentarán.
El crecimiento económico y el aumento de la productividad producidos por el Acuerdo, beneficiarán a los trabajadores de la UE y de los EEUU tanto en términos de salarios como en nuevas posibilidades de empleo.
 
¿El TTIP "superará" las leyes de la UE?
No, no lo hará y el EPP subraya que el TTIP no debe ni puede anular, derogar o modificar la legislación o la reglamentación de la UE. Toda modificación del Derecho de la UE tiene que estar aprobada por las instituciones competentes
 
¿Se están manteniendo las negociaciones en secreto? ¿Porqué se ha de mantener un cierto grado de confidencialidad?
Podemos afirmar que las negociaciones sobre el TTIP son más transparentes que cualquier otra negociación comercial precedente. Se han hecho muchas reuniones informativas con el Parlamento, con los grupos de interés y con la sociedad civil.
Nuestro grupo político defiende que exista el mayor grado de transparencia que no impida la correcta evolución de las negociaciones. Alcanzar este punto no siempre es sencillo. En toda negociación es necesario que los negociadores puedan trabajar en un ambiente de confianza mutua que requiere de cierta discreción para garantizar un buen resultado de las negociaciones.
La Comisión ha hecho un gran esfuerzo para garantizar la transparencia de estas negociaciones, y el PPE anima a la Comisión a que siga por este camino.
Hay que recordar que el Parlamento Europeo tendrá que dar su consentimiento al acuerdo, ya que sin éste, el acuerdo no surtirá efecto.
 
¿Cuál sería el alcance de un posible Acuerdo?
Las negociaciones del TTIP abarcan tres áreas principales:
1. acceso a los mercados (para bienes, servicios y contratación),
2. barreras no arancelarias y cooperación reglamentaria,
y 3. normativa.
Todas estas áreas son igual de importantes y se incluyen en un paquete integral que debe ser el objetivo de las dos partes negociadoras.
 
1. Acceso a los mercados
El objetivo de las negociaciones debe ser eliminar todos los derechos arancelarios y respetar, al mismo tiempo, las mercancías sensibles que podrían estar sujeta a plazos mayores con respecto a la eliminación de los derechos arancelarios o a los contingentes arancelarios.
El acceso a los mercados para los bienes industriales, los productos agrícolas, los servicios y la contratación pública son muy importantes y debe haber un equilibrio entre las diferentes propuestas en estas áreas. Tenemos que asegurarnos de que las ofertas de acceso a los mercados con respecto a los diferentes temas son igual de ambiciosas y reflejan las expectativas de las dos partes.
Algunos puntos importantes:
 
  • Contratación pública
La contratación pública es una parte vital de la actividad económica, tanto en Europa como en los Estados Unidos. El mercado de contratación pública de la UE es uno de los más abiertos del mundo. Sin embargo el mercado estadounidense no tiene el mismo grado de apertura que el europeo. Para la UE este punto es uno de los más importantes del acuerdo.
Nuestras empresas tienen un importante potencial para adjudicarse contratos públicos en sectores como los servicios de construcción, infraestructuras de tráfico y bienes y servicios.
En este capítulo hay dos escollos a superar: por una parte la ley "Buy American" que concede preferencia a los productos nacionales y por otra que en Estados Unidos las contrataciones públicas son competencias distribuidas en varios niveles de la administración. Un acuerdo ambicioso requiere de una apertura significativa a los mercados de los diferentes Estados de los EEUU en esta materia.
 
  • ¿Hay que preocuparse sobre los estándares europeos para la protección del consumidor, del medio ambiente o de la salud?
El alto nivel de protección de la UE no es negociable. Los EEUU tienen las mismas preocupaciones y también tienen leyes con altos niveles de protección.
No van a ser objeto del Acuerdo. Tanto la UE como los EEUU están comprometidos con altos niveles de protección, aunque en algunos casos con visiones diferentes. De lo que se trata es de detectar las áreas en las que podemos ser coincidentes y evitar barreras innecesarias. Las dos partes, como no puede ser de otra manera, siempre conservarán el derecho a regular en lo relativo a estas materias como consideren más apropiado.
 
  • Agricultura 
¿Qué pasará con la agricultura?
Las negociaciones en agricultura para llegar a un acuerdo final equilibrado son cruciales. Creemos que abrir recíprocamente los mercados agrícolas beneficiará a ambas partes. En particular, el Acuerdo puede generar enormes oportunidades en productos agro alimentarios, como manzanas o algunos quesos, que en EEUU están prohibidos actualmente o en otros que están sujetos a altos aranceles en EEUU (carne al 30%, bebidas al 22% o productos lácteos al 139%). Además, actualmente no se puede exportar carne ovina hacia EEUU a causa de la estricta normativa americana sobre enfermedades infecciosas y más de la mitad de los Estados federales no autorizan la venta de leche cruda. La supresión de estas y otras barreras contribuirá enormemente al aumento de las exportaciones agrícolas de la UE hacia EEUU.
 
¿Se verá la UE obligada a cambiar su legislación sobre los Organismos Modificados Genéticamente ( OMG´s)?
El régimen actual europeo prevé que las demandas de autorización sean evaluadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) que las transmite a los Estados Miembros para conocer su opinión. En la actualidad, 52 OMGs han sido aprobadas. Por tanto, esta evaluación del riesgo no puede incluirse en las negociaciones. El PPE se opone a cualquier modificación de la legislación de la UE por causa del acuerdo comercial y consideramos que la legislación actual en esta materia debe seguir aplicándose.
 
¿Se llenarán los supermercados europeos de carne proveniente de animales americanos tratados con hormonas?
El PPE considera que las negociaciones no deben comprometer la salud de los consumidores en pos de un beneficio económico. Las negociaciones no tratan sobre la legislación de la UE relativa a las hormonas, ni a la que protege la vida y la salud de las personas, ni la de los animales, ni el medio ambiente ni la protección de los consumidores; por tanto, la carne tratada con hormonas seguirá estando prohibida en el mercado de la UE. La Comisión se ha ratificado en este enfoque y no hay negociación al respecto.
 
  • Energía y Materias Primas
Un futuro TTIP debería eliminar restricciones a la exportación de la energía entre las dos partes negociantes y apoyar, por tanto, la diversificación de fuentes energéticas. Una asociación tan estable como la transatlántica ofrece a las dos partes la posibilidad de disponer de una fuente de energía fiable.
 
¿Qué pasa con la cooperación en materia regulatoria?
La cooperación en materia regulatoria y la eliminación de barreras no arancelarias es el área de negociación donde más se puede ganar en cuanto a aumentar los flujos comerciales.
La cooperación regulatoria no debe afectar de forma alguna a los niveles de protección en materia de sanidad y seguridad, laboral, de los consumidores, ni a la legislación medioambiental que existan en la UE.
El TTIP no es tratar de convencer a las dos partes para que cambien su sistema de regulación, sino más bien en intentar encontrar maneras para que ambos sistemas interactúen de forma más eficaz. Los vehículos, los productos farmacéuticos y los dispositivos médicos son tres áreas que ofrecen cierto margen de convergencia de la regulación y el PPE considera que los negociadores deben hacer esfuerzos para reducir las divergencias en la medida de lo posible.
 
 
3. Respecto de la Normativa
  • Derechos de Propiedad Intelectual (DPI): ¿Implica el TTIP que las leyes americanas en materia de protección de datos prevalecerán o sustituirán a las leyes europeas en la materia?
Los derechos de propiedad intelectual son la piedra angular de la economía del conocimiento de la UE y de los Estados Unidos y, por tanto, los derechos de propiedad intelectual forman parte de las negociaciones. Tanto la UE como EEUU disponen ya de mecanismos eficientes para proteger estos derechos aunque el método sea diferente. Somos conscientes que el Acuerdo puede facilitar los intercambios entre la UE y los EEUU en ciertos aspectos importantes sobre DPI sin por ello debilitar estos mecanismos.
Nosotros consideramos que las dos partes deben reglamentar la protección de datos a su manera y, en consecuencia, el Acuerdo no tiene voluntad de uniformarlas.
 
El capítulo sobre los derechos de propiedad intelectual debe, asimismo, prever una mayor protección y reconocimiento del sistema europeo de Indicaciones Geográficas y esto es una de las prioridades de la UE en estas negociaciones.
 
  • ¿Qué pasa con la Protección de las inversiones y los Tribunales de Arbitraje?
Mucho se está hablando acerca de que el tribunal de arbitraje restará soberanía a los estados en la aplicación de sus leyes. Esto es totalmente falso. Los tribunales de arbitraje son una parte esencial en todo acuerdo de protección de inversiones. Estos tribunales han formado parte desde hace décadas de casi todos los acuerdos de protección de inversiones que los Estados  Miembros han suscrito con terceros países. Tantos años de experiencia avalan su necesidad y utilidad.
Sin embargo, es necesaria una reforma de estos mecanismos de arbitraje para evitar que se produzcan caminos alternativos a la justicia. Únicamente deberían utilizarse para casos muy concretos y acotados. El objetivo es proteger a los inversores de ambos lados para evitar casos en los que se produce discriminación o una expropiación ilegal. En definitiva para que los inversores puedan recibir un trato justo. Se debe evitar que se conviertan en un recurso para otros objetivos. En un futuro se podría crear una Tribunal Internacional para dirimir este tipo de conflictos.
En el caso del TTIP hay que destacar que el sistema judicial de los EEUU no permite que sus juzgados utilicen acuerdos internacionales como base legal. Esto quiere decir que si una empresa europea sufriese una discriminación injustificada por el simple hecho de serlo podría verse en una situación de indefensión ante los tribunales americanos. El tribunal de arbitraje podría ser la única vía para recibir un trato justo.
Esto es especialmente relevante para las PYME que tienen pocos recursos para enfrentarse a los costosos procesos para litigar en EEUU, y para las que otros procedimientos como un mecanismo de resolución de controversias estado - estado puede no ser el más adecuado. Un país puede decidir no llevar el caso de una pequeña pyme a un tribunal de arbitraje para no enturbiar las relaciones con su socio comercial.
 
¿Que temas no son negociables en el TTIP?
  • Diversidad cultural y lingüística de la Unión Europea:
La UE tiene la tradición específica de salvaguardar la diversidad cultural y lingüística de la UE y sus Estados miembros. Las disposiciones y políticas actuales y futuras en favor del sector cultural, en el mundo digital en particular, están excluidas de las negociaciones del TTIP.
  • ¿Qué pasará con los servicios públicos?
Los servicios públicos están excluidos del marco de las negociaciones y por tanto el Acuerdo no supone ningún riesgo que comprometa la libertad de los municipios europeos de liberalizar o no este tipo de servicios.

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